Considerando la normativa reguladora de la subvención, especialmente lo dispuesto en el artículo trigésimo tercero de la Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2024/2025 ,que señala literalmente . “En el caso de renuncia de los formadores, se procederá a la contratación directa de un nuevo formador de entre los candidatos que participaron en el proceso de selección, teniendo en cuenta las mayores puntuaciones logradas en el proceso (…)
Visto lo que antecede, y al no existir candidatos disponibles, se procede a la búsqueda de un nuevo formador mediante oferta tramitada a través del Servicio Extremeño de Empleo
- Fechas
Los candidatos preseleccionados se deberán ordenar por orden de inscripción en el Servicio Extremeño Público de Empleo. Todos los candidatos preseleccionados por el SEXPE deberán presentar en el Registro del Ayuntamiento documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos contemplados en resuelvo primero, estableciendo como fecha máxima las 13,00 horas del viernes 14 de febrero de 2025.
- Bases
Recibida preselección del SEXPE, se procederá a la selección de candidatos por riguroso orden y siempre que los aspirantes acrediten el cumplimiento de los requisitos y criterios específicos previstos en la normativa referenciada ante la Comisión de Selección nombrada al efecto cuya reunión queda fijada para el 14 de Febrero de 2025 a las 13,30 horas en el Salón de Actos del Ayuntamiento.